Inclusión indebida en ficheros de morosos y derecho al honor

La inclusión de deudores en ficheros de morosos es totalmente lícita si se dan ciertos requisitos, no obstante, en ocasiones, pueden interpretarse como una presión ilegítima para conseguir el pago de la deuda, lo cual atentaría contra los derechos al honor y protección de datos del deudor.

Desde Despacho Jurídico Valero Cuadra te explicamos en qué casos el uso de este tipo de ficheros de insolvencia patrimonial es posible, los efectos de la inclusión y cómo defender tu derecho al honor si se ha hecho un uso irregular es estos por parte del acreedor.

 

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Requisitos para incluir a una persona en un fichero de morosos

Para que se pueda incorporar a una persona física en ficheros de insolvencia patrimonial, es necesario que se den los siguientes requisitos recogidos en el art. 20.1 de la LOPDyGDD:

  1. Que los datos hayan sido facilitados por el acreedor o por quien actúe por su cuenta o interés
  2. Que la deuda sea cierta, vencida y exigible.
  3. Que la existencia o cuantía de la deuda no haya sido reclamada en vía administrativa o judicial por el deudor u objeto de un procedimiento alternativo de resolución de conflictos/disputas.
  4. Que previa a la inclusión, en el contrato o en el momento de requerimiento de pago, se haya informado al deudor de la posibilidad de inclusión en ficheros de morosidad y cuáles son aquellos en que el acreedor participe.
  5. Los datos solo se pueden mantener el fichero en tanto en cuando persista el incumplimiento de pago de la deuda.
  6. Que no hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que hubo de procederse al pago o se produjo el vencimiento de la obligación.
  7. La entidad que mantenga el sistema de información crediticia tiene la obligación de notificar a la persona deudora que sus datos han sido incluidos en el fichero, informándole de la posibilidad de ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad dentro de los treinta días siguientes a la notificación de la deuda al sistema, permaneciendo bloqueados los datos durante ese plazo.

 

¿Quién puede consultar si estoy en un fichero de morosos?

Según la LOPDyGDD (art. 20.1 e), hay dos supuestos en que los datos que refieran a un deudor determinado que se encuentren incluidos en un fichero pueden ser consultados lícitamente:

  1. Por quien mantuviese una relación contractual con el titular los datos y, además, dicha relación contractual implique el abono de una cuantía pecuniaria (dinero).
  2. En aquellos casos en que la persona que figure en el fichero de insolvencia patrimonial haya solicitado la celebración de un contrato que implique financiación, pago aplazado o facturación periódica, como sucede, entre otros supuestos, en los previstos en la legislación de contratos de crédito al consumo y de contratos de crédito inmobiliario.

 

Indemnización por daño moral en caso de inclusión indebida

La inclusión de una persona en un fichero de morosos sin cumplirse con los requisitos de la LOPDyGDD que hemos señalado, tal y como reconoce nuestra Jurisprudencia, es indemnizable.

La comunicación de insolvencia implica una lesión evidente al honor y dignidad de la persona, tanto en la esfera interna como externa, es decir, la consideración de las demás personas; así como a la protección de datos.

A la hora de valorar la entidad del daño moral y, por tanto, la cuantía de la indemnización, se tiene muy en cuenta este segundo aspecto relativo a la exteriorización de la apariencia de insolvencia que, para su valoración habrá de tenerse en cuenta la divulgación que han tenido los datos que se han incluido en el fichero (qué personas lo han consultado, cuántas…) y el tiempo en que se han mantenido dichos datos en el mismo.   

Por otro lado, también se considera indemnizable el quebranto y la angustia producida por las gestiones más o menos complicadas que haya tenido que realizar el afectado para lograr la rectificación o cancelación de los datos incorrectamente tratados, así como el perjuicio patrimonial que le haya podido ocasionar la inclusión de tales datos de forma ilegítima.

 

En Despacho Jurídico Valero Cuadra somos abogados en derecho al honor, intimidad y protección de datos. Si te han denegado un crédito por encontrarse tus datos incluidos en un fichero de morosos y consideras que no deberías haber sido incluido o bien si te han comunicado la inclusión y consideras que no concurren los requisitos para ello, sabemos cómo ayudarte. Contacta con nosotros.

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