Abogados de Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen

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Servicios profesionales

Los derechos al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen son derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18 de nuestra Constitución, en que, asimismo, se recoge en su apartado cuarto el derecho a la protección de datos.

La protección jurídica de estos derechos de la personalidad, tanto en la vía civil como penal, son la especialidad de Despacho Jurídico Valero Cuadra. Contamos con los mejores abogados de derecho al honor e intimidad en Madrid. Contacta ahora con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte. 

A tener en cuenta:

INTROMISIONES ILEGÍTIMAS EN LOS DERECHOS AL HONOR, INTIMIDAD Y PROPIA IMAGEN

Tales como, por ejemplo, la revelación de datos privados, utilización de la identidad de una persona para fines comerciales o la captación y uso de la imagen no consentidos. Nos encargamos del ejercicio de acciones civiles contra dichas intromisiones, solicitud de retirada de contenidos ilícitos publicados y reparación del daño (indemnización).

EXPEDIENTE DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Para intromisiones ilegítimas en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los menores y personas con discapacidad.

¿Buscas un abogado especialista en derecho al honor en Madrid?

En Despacho Jurídico Valero Cuadra somos abogados expertos en derecho al honor e intimidad.

Te ayudamos y asesoramos personalmente.

ESTAMOS PARA AYUDARTE, DENTRO Y FUERA DE UN JUZGADO

RESEÑAS FALSAS: ATAQUE AL PRESTIGIO PROFESIONAL

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HONOR Y PRESTIGIO PROFESIONAL

La protección del derecho al honor incluye el prestigio profesional, tanto respecto de las personas físicas como de las personas jurídicas.

REPUTACIÓN ONLINE

Los sistemas de reputación online (reseñas) son el medio idóneo para que individuos, con intención de difamar a una empresa o un particular, inserten comentarios atentatorios contra su honor

ILÍCITO CIVIL O PENAL

Sin perjuicio de la protección otorgada en la tuición civil a través de la Ley Orgánica de Protección Civil al Derecho a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen (Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen), los ataques más graves a la reputación digital pueden ser constitutivos de delitos, en concreto, de injurias y calumnias, así como, en su caso, de delitos contra la intimidad contemplados en el art. 197 del Código Penal (delitos de descubrimiento y revelación de secretos).

«El honor de un hombre no está en mano de los demás, está en nosotros mismos y no en la opinión pública.»

Jean-Jacques Rousseau

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