Abogados expertos en Derecho al Honor, Intimidad y Propia Imagen
Servicios profesionales
Los derechos al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen son derechos fundamentales reconocidos en el artículo 18 de nuestra Constitución, asimismo se recoge en su apartado cuarto el derecho a la protección de datos.
La protección jurídica de estos derechos de la personalidad, tanto en la vía civil como penal, son la especialidad de Despacho Jurídico Valero Cuadra. Contamos con los mejores abogados expertos en intimidad en Madrid. Contacta ahora con nosotros y descubre cómo podemos ayudarte.
A tener en cuenta:
- Posibles colisiones con el derecho a la información (veraz) y la libertad de expresión.
- Las intromisiones más graves pueden ser constitutivas de delito.
- En algunos casos, en que la conducta pueda tipificarse tanto de delito como de ilícito civil, se podrá acudir alternativamente a una jurisdicción u otra, a elección del cliente y de acuerdo con las circunstancias particulares del caso.
INTROMISIONES ILEGÍTIMAS EN LOS DERECHOS AL HONOR, INTIMIDAD Y PROPIA IMAGEN
EXPEDIENTE DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
GESTIÓN DE DERECHOS DIGITALES
INCLUSIONES INDEBIDAS EN REGISTROS DE MOROSOS
¿Buscas un abogado especialista en derecho al honor en Madrid?
En Despacho Jurídico Valero Cuadra somos abogados expertos en derecho al honor e intimidad.
Te ayudamos y asesoramos personalmente.
ESTAMOS PARA AYUDARTE, DENTRO Y FUERA DE UN JUZGADO
RESEÑAS FALSAS: ATAQUE AL PRESTIGIO PROFESIONAL
HONOR Y PRESTIGIO PROFESIONAL
La protección del derecho al honor incluye el prestigio profesional, tanto respecto de las personas físicas como de las personas jurídicas.
REPUTACIÓN ONLINE
Los sistemas de reputación online (reseñas) son el medio idóneo para que individuos, con intención de difamar a una empresa o un particular, inserten comentarios atentatorios contra su honor
ILÍCITO CIVIL O PENAL
Sin perjuicio de la protección otorgada en la tuición civil a través de la Ley Orgánica de Protección Civil al Derecho a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen (LO 1/1982, de 5 de mayo), los ataques más graves a la reputación digital pueden ser constitutivos de delitos, en concreto, de injurias y calumnias, así como, en su caso, de descubrimiento y revelación de secretos.
«El honor de un hombre no está en mano de los demás, está en nosotros mismos y no en la opinión pública.»
Jean-Jacques Rousseau