Abogados de Herencias
Servicios profesionales
El fallecimiento de un ser querido supone un gran shock emocional. Muchos clientes que han sufrido pérdidas de familiares afirman que no han sido capaces de asimilar lo ocurrido hasta bien transcurrido un tiempo del fallecimiento por la carga burocrática que implica la tramitación de la herencia.
Por ello, conscientes de la importancia del duelo, en Despacho Jurídico Valero Cuadra facilitamos a nuestros clientes la gestión de todos los trámites hereditarios y fiscales consecuentes al fallecimiento de un familiar y confiamos en ser un apoyo en esos momentos difíciles aportando la serenidad que merecen.
Asimismo, asesoramos a aquellas personas que se hayan decidido otorgar testamento, algo que, adelantamos, es siempre conveniente en aras de garantizar seguridad y tranquilidad a los futuros herederos y, en su caso, legatarios.
A tener en cuenta:
- La tramitación es diferente en función de si existe testamento o no.
AVERIGUACIÓN PATRIMONIAL
TRÁMITES NOTARIALES, REGISTALES Y FISCALES
DIVISIÓN JUDICIAL DE LA HERENCIA
ASESORÍA TESTAMENTARIA
¿Buscas un abogado de herencias en Madrid?
En Despacho Jurídico Valero Cuadra te ayudamos y asesoramos personalmente.
ESTAMOS PARA AYUDARTE, DENTRO Y FUERA DE UN JUZGADO
EL COLOQUIALMENTE LLAMADO
"TESTAMENTO DE MI PARA TI Y DE TI PARA MI"
LA CAUTELA SOCINI
Se trata de es una disposición testamentaria por la cual el testador deja a los legitimarios (hijos y descendientes o ascendientes, en caso de no existir los anteriores) más de lo que por legítima les corresponde pero con un carga o gravamen, y a la vez establece que el legitimario puede optar entre aceptar la carga o quedarse solo con la legítima estricta sin gravamen.
Esta cláusula se dispone comúnmente en favor del cónyuge viudo extendiendo el usufructo viudal vitalicio a la totalidad del caudal hereditario, obteniendo los herederos forzosos la nuda propiedad.
POSIBILIDAD DE IMPUGNACIÓN
Nuestro Código Civil (art. 813) prohíbe la imposición de gravámenes, sustitución o condición sobre la legítima; por ello, si un heredero no acepta la condición e impugna el testamento percibirá la porción del tercio de la legítima estricta que le corresponda libre de cargas.
Si ningún heredero acepta la cautela socini, lo normal es que el cónyuge viudo reciba el tercio de libre disposición así como el usufructo del tercio de mejora.
«Justicia es dar a
cada uno lo suyo»
Domicio Ulpiano